¿Puede aplicarse la doctrina del Supremo sobre intereses de demora abusivos a un préstamo para financiar un negocio?

La doctrina de la importante Sentencia del Pleno del Tribunal Supremo de 3 de Junio de 2016 sobre el carácter abusivo de ciertas cláusulas de los intereses de demora en los préstamos hipotecarios (sentencia que considera que procede extender el criterio establecido en la STS de 22 de abril de 2015 para los intereses de demora en préstamos personales, a los intereses de demora de préstamos hipotecarios y, por tanto, fija el límite de abusividad en dos puntos por encima del interés remuneratorio pactado) plantea en la práctica algunas cuestiones en torno a su aplicabilidad, y en particular, en torno al carácter de “consumidor”.

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